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Document 32003D0923(01)
Decision of the Council of the European Union of 14 April 2003 on the admission of the Czech Republic, the Republic of Estonia, the Republic of Cyprus, the Republic of Latvia, the Republic of Lithuania, the Republic of Hungary, the Republic of Malta, the Republic of Poland, the Republic of Slovenia and the Slovak Republic to the European Union
Decisión del Consejo de la Unión Europea de 14 de abril de 2003 relativa a la admisión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca a la Unión Europea
Decisión del Consejo de la Unión Europea de 14 de abril de 2003 relativa a la admisión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca a la Unión Europea
DO L 236 de 23.9.2003, p. 15–15
(ES, DA, DE, EL, EN, FR, IT, NL, PT, FI, SV)
In force
Decisión del Consejo de la Unión Europea de 14 de abril de 2003 relativa a la admisión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca a la Unión Europea
Diario Oficial n° L 236 de 23/09/2003 p. 0015 - 0015
Decisión del Consejo de la Unión Europea de 14 de abril de 2003 relativa a la admisión de la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca a la Unión Europea EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de la Unión Europea, y en particular su artículo 49, Visto el dictamen de la Comisión(1), Visto el dictamen conforme del Parlamento Europeo(2), Considerando que la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca han solicitado ser miembros de la Unión Europea, DECIDE: aceptar estas solicitudes de admisión; las condiciones de esta admisión así como las adaptaciones de los Tratados en los que se fundamenta la Unión Europea que lleva consigo dicha admisión, serán objeto de un acuerdo entre los Estados miembros, la República Checa, la República de Estonia, la República de Chipre, la República de Letonia, la República de Lituania, la República de Hungría, la República de Malta, la República de Polonia, la República de Eslovenia y la República Eslovaca. Hecho en Luxemburgo, el 14 de abril de 2003. Por el Consejo El Presidente G. Papandreou (1) Dictamen emitido el 19 de febrero de 2003 (no publicado aún en el Diario Oficial). (2) Dictamen conforme emitido el 9 de abril de 2003 (no publicado aún en el Diario Oficial).